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REQUISITOS de PERTENENCIA

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Podrá ser miembro de ATESIS

Articulo 19º de los Estatutos.- Podrán pertenecer a la Asociación aquellas personas mayores de edad y con capacidad de obrar que hayan sido propuestas por al menos dos miembros de la Asociación. Siguiendo el art. 2.8 de estos estatutos y con el fin de defender la capacitación para el ejercicio de la Psicoterapia Sistémica única y exclusivamente a licenciaturas y grados en Psicología y/o en Medicina, la pertenencia como miembros de la asociación no significa necesariamente la acreditación como psicoterapeutas, al precisar requisitos diferentes para cada categoría, como se especifica en el Artículo 3 del Apéndice 1.-  DE LOS CRITERIOS MÍNIMOS PARA LAS DIFERENTES ACREDITACIONES A PROFESIONALES Y A PROGRAMAS DE FORMACIÓN EN PSICOPSICOTERAPIA SISTÉMICA.

Articulo 20º.- Dentro de la Asociación existirán las siguientes clases de miembros:

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Tipos de pertenencia

1. Miembros fundadores, aquellas personas, nacionales o extranjeras, que participen en el Acto de Constitución de la Asociación, rubricándolo al efecto. La condición de Miembro fundador es meramente testimonial, teniendo igual consideración a efectos de este estatuto que los miembros de número.

2.  Los miembros de número tendrán derecho a participación con a voz y voto siempre que se encuentren al corriente de pago.

 

3. Miembros de honor, aquellas personas, nacionales o extranjeras que, por su prestigio o por haber contribuido de modo relevante a la dignificación y desarrollo de la Asociación y/o de la Psicoterapia Sistémica, se hagan acreedoras de tal distinción. Serán propuestos por la Junta Directiva para su ratificación en  Asamblea General Ordinaria.

4. Miembros protectores, aquellas personas, nacionales o extranjeras, que presten especiales ayudas sociales o económicas a la Asociación, que sean aceptadas por la Asamblea General Ordinaria.

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Requisitos

Son requisitos para ser miembro de número:

1) Solicitud escrita avalada por dos socios/as.

2) Título de Licenciado, Diplomado o Grado Universitario y tener un currículum que acredite su proceso de  formación Sistémica.

3) Aprobación por la Junta Directiva que dispondrá de un período de un mes para el estudio del expediente del candidato/a.

4) Posterior ratificación por mayoría simple de los votos presentes en la Asamblea General Ordinaria que será inapelable.

5) Pagar cuota establecida.

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